Condiciones de entrega de REO
Condiciones de venta y entrega
1. Ámbito
Para todas las entregas del
REO AG
C/ Curt, 25-25 bis local 6
08340 Vilassar de Mar – Barcelona
así como sus empresas afiliadas en todo el mundo
– en lo sucesivo denominadas “REO” –
Las presentes condiciones se aplican exclusivamente, salvo pacto expreso de lo contrario.
2 Comisiones Generales
(1) Para las relaciones jurídicas entre REO y el cliente con relación a las entregas y/o servicios (en adelante: entregas), se aplican exclusivamente estos términos y condiciones generales de venta y entrega. Los términos y condiciones generales del cliente solo se aplican en el caso de que REO los haya consentido expresamente por escrito. Las declaraciones escritas mutuamente son autoritarias en el ámbito de las entregas.
(2) REO se reserva sus derechos de explotación de propiedad y derechos de autor sin restricción a estimaciones de costos, dibujos y otros documentos (en adelante: documentos). Los documentos solo pueden ponerse a disposición de terceros con el consentimiento previo de REO y deben devolverse inmediatamente si REO no otorga la orden. Los puntos 1 y 2 se aplican en consecuencia a los documentos del comprador; No obstante, estos podrán ponerse a disposición de terceros a los que REO haya autorizado entregas.
(3) El cliente tiene el derecho no exclusivo de utilizar software y firmware estándar con las características de rendimiento acordadas sin cambios en los dispositivos acordados. El cliente podrá realizar una copia de seguridad del software estándar sin acuerdo expreso.
(4) Las entregas parciales están permitidas siempre que sean razonables para el cliente.
(5) El término “reclamaciones por daños” en estos términos y condiciones generales de venta y entrega también incluye reclamaciones por reembolso de gastos perdidos.
§ 3 precios, condiciones de pago y compensación
(1) Los precios son en € EXW sin incluir el embalaje más el impuesto sobre las ventas legal aplicable, sujetos a cambios. Si las cantidades de material están específicamente identificadas, el precio adicional requerido el día de la confirmación del pedido se ajustará a las notificaciones oficiales publicadas. Si los productos a entregar contienen cobre, se incluye en el precio una base de cobre de 1,53€/kg. El valor actual del cobre se calcula el día en que se realiza el pedido con el valor MK aplicable + 10 % de recargo. Este valor se puede utilizar para un máx. de 1 año. Las solicitudes realizadas después del final del año del período fijado se recalcularán con la nota MK aplicable + 10%.
2) De acuerdo con la decisión antimonopolio de la CE para el hierro y el acero, REO tiene derecho a cobrar un recargo por Fe a partir del 01.01.1983. La cantidad de este recargo se ajusta a intervalos regulares para reflejar la situación actual de compra. El recargo está actualmente entre el 4 y el 4,5%.
(3) La Ley de Cláusulas de Precio (PreisKlG) del 14.09.2007 se aplica a todos los contratos. Para los contratos celebrados antes de la entrada en vigor de la ley, se aplican las normas anteriores de la Ley de indicación de precios y cláusulas de precios (PrAKG) y la Ordenanza de cláusulas de precios (PrKV).
(4) Si los costes o los precios listados cambian el día de la entrega, REO se reserva expresamente el derecho de corregir estos precios.
(5) Si REO se ha hecho cargo de la instalación o el montaje y no se ha acordado nada más, el cliente correrá con todos los gastos adicionales necesarios, tales como los gastos de viaje y transporte y las dietas, además de la remuneración acordada.
(6) Los pagos se realizarán sin intermediarios de pago para REO. A menos que se acuerde lo contrario, las facturas se pagarán dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la factura. Si el pago se realiza dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la factura, REO hace un 2% de descuento, excepto en los recargos por cobre que no son descontables.
El envío a clientes nuevos solo se realiza contra pago por adelantado.
( 7) El cliente solo puede compensar reclamaciones que no sean impugnadas o que hayan sido establecidas legalmente.
( 8) REO solo aceptará la devolución del embalaje de transporte si se devuelve “a portes pagados”.
§ 4 reserva de dominio
(1) Los objetos de las entregas (mercancías reservadas) siguen siendo propiedad de REO hasta que se hayan cumplido todos los reclamos a los que tiene derecho sobre el cliente en la relación comercial. Si el valor de todas las garantías reales a las que tiene derecho REO supera el importe de todos los derechos garantizados en más del 20 %, REO liberará la parte correspondiente de las garantías reales a petición del cliente; REO, al aprobar, tiene derecho a elegir entre diferentes garantías reales..
(2) Mientras exista la reserva de propiedad, el comprador tiene prohibido dar en prenda o ceder a título de garantía. Asimismo, la reventa solo está permitida a los revendedores en el ciclo normal del negocio y solo con la condición de que el revendedor reciba el pago de su cliente o hace la reserva de que la propiedad pertenece al cliente y sólo se transfiere cuando éste ha cumplido con sus obligaciones de pago.
(3) Si el cliente revende las mercancías sujetas a reserva de propiedad, ya cede sus derechos futuros de la reventa frente a sus clientes con todos los derechos adheridos – incluyendo cualquier reclamación de saldo – a REO como precaución, sin necesidad de ningún acuerdo especial adicional. Si los bienes reservados se revenden junto con otros artículos sin que se haya acordado un precio específico para los bienes reservados, el cliente deberá asignar a REO la parte del precio total reclamado que corresponda al precio de los bienes reservados facturados por REO.
(4) a) El cliente puede procesar los bienes reservados, mezclarlos o combinarlos con otros artículos. El procesamiento se realiza para REO. El cliente deberá almacenar el artículo nuevo para REO con especial cuidado. El artículo nuevo se considera mercancía reservada.
b) Queda acordado que REO y el comprador, en caso de conexión o mezcla con otros artículos que no pertenecen a REO, REO tiene en cualquier caso derecho a la copropiedad del nuevo artículo en la medida de la proporción del valor de los bienes reservados conectados o mezclados al valor de los bienes restantes en el momento de la conexión o mezcla. El artículo nuevo se considera mercancía reservada.
c) La disposición sobre la cesión de créditos según el N° 3 también se aplica al nuevo artículo. No obstante, la cesión sólo es válida hasta el importe correspondiente al valor facturado por REO por los bienes transformados, combinados o mezclados reservados.
d) Si el cliente conecta los bienes sujetos a reserva de dominio con bienes muebles o inmuebles, deberá, sin necesidad de más declaraciones adicionales, también su crédito, al que tiene derecho como remuneración por la conexión, con todos los derechos adheridos, en la cantidad de la relación del valor de los bienes conectados retenidos a los otros bienes conectados en el momento de la conexión a REO.
(5) Hasta nuevo aviso, el cliente está autorizado a cobrar las reclamaciones cedidas de la reventa. Si hay una razón importante, en particular en el caso de incumplimiento de pago, suspensión de pagos, apertura de procedimientos de insolvencia, protesta de facturas o indicios justificados de sobreendeudamiento o insolvencia inminente del cliente, REO tiene derecho a revocar la autorización de cobro del cliente. Además, previo aviso, REO puede revelar la cesión de la garantía, utilizar los créditos cedidos y exigir que el cliente revele la cesión en garantía dentro de un plazo razonable.
(6) En caso de embargos, confiscaciones u otras disposiciones o intervenciones por parte de terceros, el cliente debe notificarlo a REO de inmediato. Si se acredita un interés legítimo, el cliente debe proporcionar inmediatamente a REO la información requerida para hacer valer sus derechos contra el cliente y entregar los documentos necesarios.
(7) En caso de incumplimiento del deber por parte del comprador, en particular en caso de retraso en el pago, REO tiene derecho a rescindir el contrato además de recuperar los bienes después de la expiración sin éxito de un plazo razonable establecido para el comprador. Las disposiciones legales sobre la prescindibilidad de la fijación de un plazo se mantienen. El comprador está obligado a la publicación. El desistimiento o la afirmación de la reserva de dominio o la incautación de los bienes reservados por parte de REO no constituye un desistimiento del contrato, a menos que REO lo haya declarado expresamente.
§ 5 Plazos para las entregas, por defecto
(1) El cumplimiento de los plazos de entrega presupone la recepción a tiempo de todos los documentos que debe proporcionar el comprador, los permisos y autorizaciones necesarias, en particular de los planos, así como el cumplimiento de las condiciones de pago acordadas y otras obligaciones por parte del comprador. Si estos requisitos no se cumplen en tiempo y forma, los plazos se extenderán en consecuencia. Esto no se aplica si REO es responsable del retraso.
(2) El incumplimiento de los plazos se debe a
a) fuerza mayor, p. ej., movilizaciones, guerras, actos de terrorismo, disturbios o eventos similares (p. ej., huelga, cierre patronal),
b) Virus y otros ataques de terceros al sistema informático de REO, en la medida en que se hayan ocurrido a pesar del cumplimiento de las medidas de protección habituales,
c) Obstáculos debidos a normas alemanas, estadounidenses y otras nacionales, de la UE o internacionales aplicables del derecho de comercio exterior o debido a otras circunstancias de las que REO no es responsable, o
d) La falta de entrega en REO a tiempo o correctamente,
los plazos se amplían en consecuencia.
(3) Las fechas de entrega se respetan en la medida de lo posible. No se podrá garantizar compensación por retraso en la entrega salvo que se acuerde el plazo y la cuantía en la oferta o en la confirmación .
(4) Tanto las reclamaciones por daños y perjuicios por parte del comprador debido a la demora en la entrega como las reclamaciones por daños y perjuicios en lugar del cumplimiento que van más allá de los límites especificados en el n.° 3 están excluidas en todos los casos del retraso en la entrega, incluido cualquier plazo de entrega establecido después de la expiración de REO. . Esto no se aplica si existe responsabilidad en casos de intención deliberada, negligencia grave o daños de por vida, la integridad física o la salud El comprador solo puede rescindir el contrato en el marco de las disposiciones legales si REO es responsable del retraso en la entrega. Un cambio en el peso de la prueba en perjuicio del cliente no está asociado con las normas anteriores.
(5) A petición de REO, el cliente está obligado a declarar en un plazo razonable si desiste del contrato por retraso en la entrega o si persiste en la entrega.
(6) Si el envío o la entrega se retrasa más de un mes después de haber notificado la disponibilidad de envío a petición del cliente, el cliente puede tener derecho al cargo de una tarifa de almacenamiento del 0,5 % del precio de los artículos entregados por cada mes adicional ya comenzado, hasta un máximo del 5%. , ser calculado. Las partes contratantes tienen libertad para acreditar los mayores o menores costes de almacenamiento.
§ 6 Transferencia de riesgo
(1) El riesgo se transfiere al comprador de la siguiente manera, incluso en el caso de entrega a portes pagados:
a) en caso de entrega sin instalación ni montaje, si ha sido despachado o recogido. A petición y cargo del cliente, la entrega será asegurada por REO contra los riesgos habituales del transporte;
b) En el caso de entrega con instalación o montaje, el día de la toma de posesión en las propias instalaciones de la empresa o, si se acuerda, tras una prueba satisfactoria.
(2) Si el envío, la entrega, el inicio, la ejecución de la instalación o el montaje, la toma de posesión en la propia empresa o la operación de prueba se retrasan por causas de las que el cliente es responsable o el cliente se encuentra en mora de aceptación de otras razones, el riesgo va al cliente.
§ 7 Instalación y montaje
A menos que se acuerde lo contrario por escrito, las siguientes disposiciones se aplican a la instalación y el montaje:
(1) El cliente debe hacerse cargo y proporcionar a tiempo:
a) todos los trabajos de movimiento de tierras, construcción y otros trabajos auxiliares fuera de la planta, incluidos los trabajadores calificados y auxiliares requeridos, los materiales de construcción y las herramientas,
b) los utensilios y materiales necesarios para el montaje y puesta en marcha, tales como andamios, montacargas y otros dispositivos, combustibles y lubricantes,
c) Energía y agua en el punto de uso, incluidas las conexiones, la calefacción y la iluminación,
d) en el lugar del montaje para el almacenamiento de piezas de máquinas, aparatos, materiales, herramientas, etc., salas suficientemente grandes, adecuadas, secas y que se puedan cerrar con llave y salas de trabajo y de recreo adecuadas para el personal de montaje, incluidas instalaciones sanitarias adecuadas a las circunstancias; Además, para proteger la propiedad de REO y el personal de montaje en el sitio de construcción, el cliente debe tomar las medidas que tomaría para proteger su propia propiedad,
e) La ropa de protección y los dispositivos de protección que sean necesarios por circunstancias especiales en el lugar de montaje.
(2) Antes de comenzar el trabajo de montaje, el cliente debe proporcionar la información necesaria sobre la ubicación de las líneas ocultas de electricidad, gas, agua o sistemas similares, así como la información estática necesaria sin que se le solicite.
(3) Antes del inicio de la instalación o montaje, los suministros y objetos necesarios para el inicio del trabajo deben estar en el lugar de la instalación o montaje y todo el trabajo preparatorio debe haber progresado hasta el momento en que la instalación o montaje comienza según lo acordado y que se pueda llevar a cabo sin interrupción. Las vías de acceso y la zona de instalación o montaje deberán estar niveladas y despejadas.
(4) Si la instalación, el montaje o la puesta en marcha se retrasa debido a circunstancias de las que REO no es responsable, el cliente debe hacerse cargo de los costos razonables del tiempo de espera y cualquier viaje adicional requerido por REO o el personal de montaje.
(5) El cliente deberá certificar inmediatamente a REO semanalmente la duración de la jornada laboral del personal de montaje y la finalización de la instalación, montaje o puesta en marcha.
(6) Si REO solicita la aceptación de la entrega después de la finalización, el comprador debe hacerlo dentro de dos semanas. Se entenderá como aceptación si el cliente deja transcurrir el período de dos semanas o si la entrega se ha puesto en uso después de que se haya concluido la fase de prueba acordada.
§ 8 recibo
El cliente no puede negarse a aceptar entregas debido a defectos menores.
§ 9 defectos materiales
REO es responsable de los defectos materiales de la siguiente manera:
(1) Todas aquellas piezas o servicios que muestren un defecto material serán reparados gratuitamente a opción de REO, para ser entregados nuevamente o para ser prestados nuevamente, siempre que la causa ya estuviera presente en el momento de la transferencia del riesgo.
(2) Las reclamaciones de ejecución suplementaria prescriben a los 12 meses desde el inicio del plazo de prescripción legal; Lo mismo se aplica a la retirada y la reducción. Este plazo no se aplica si la ley establece plazos más largos de acuerdo con §§ 438 Párrafo 1 No. 2 (edificios y artículos para edificios), 479 Párrafo 1 (derecho de recurso) y 634a Párrafo 1 No. 2 (defectos de construcción) BGB Dolo, ocultamiento malicioso del defecto así como el incumplimiento de una garantía de calidad. Las disposiciones legales sobre suspensión del vencimiento, suspensión y reinicio de los plazos quedan inalteradas.
(3) Las notificaciones de defectos por parte del cliente deben hacerse por escrito. Las reclamaciones sólo podrán ser atendidas si se comunican dentro de los 8 días siguientes a la recepción del envío, indicando el número de albarán de entrega. En caso de daños durante el transporte, es obligado que el conductor del transporte tome una fotografía de inmediato.
(4) En el caso de avisos de defectos, los pagos por parte del cliente pueden ser retenidos en la medida que sea razonable en relación con los defectos materiales que hayan ocurrido. El cliente sólo puede retener los pagos si presenta una reclamación cuya justificación no pueda dudarse. El comprador no tiene derecho de retención si sus reclamaciones por defectos han expirado. Si la notificación de defectos es incorrecta, REO tiene derecho a exigir el reembolso de los gastos incurridos por el cliente.
(5) REO debe tener la oportunidad de proporcionar un rendimiento adicional dentro de un período razonable.
(6) Si la ejecución posterior falla, el cliente puede, independientemente de las reclamaciones por daños y perjuicios de acuerdo con el n.° 10, rescindir el contrato o reducir la remuneración.
(7) No existen reclamaciones por defectos en el caso de desviaciones insignificantes de la calidad acordada, en el caso de un deterioro insignificante de la usabilidad, en el caso de desgaste natural o daño que se produce después de la transferencia del riesgo como resultante de una manipulación incorrecta o negligente, uso excesivo, equipos inadecuados, obras de construcción defectuosas, subsuelo inadecuado o que se produzcan debido a influencias externas especiales que no sean requeridas por el contrato, así como errores de software irreproducibles. Si el comprador o un tercero realiza cambios o reparaciones indebidas, no hay reclamaciones por defectos por estos o por las consecuencias de los mismos.
(8) Quedan excluidas las reclamaciones del cliente debido a los gastos necesarios para una acción adicional, en particular los gastos de transporte, viaje, mano de obra y material, si los gastos aumentan debido a que el objeto de la entrega se traslada posteriormente a un lugar distinto al acordado.
(9) El derecho de recurso del comprador contra REO según § 478 BGB (recurso del empresario) solo existe en la medida en que el comprador no haya hecho ningún acuerdo con su cliente que vaya más allá de las reclamaciones legales por defectos. Para el alcance del derecho de recurso del comprador contra REO de acuerdo con la Sección 478, Párrafo 2 del Código Civil alemán, el No. 8 también se aplica en consecuencia.
(10) Quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios por parte del cliente debido a un defecto material. Esto no se aplica en caso de ocultación fraudulenta del defecto, incumplimiento de una garantía de calidad, daño a la vida, a la integridad física o a la salud e incumplimiento intencionado o por negligencia grave del deber por parte de REO. Un cambio en la carga de la prueba en perjuicio del cliente no está asociado con las normas anteriores. Quedan excluidas cualesquiera otras reclamaciones o reclamaciones distintas de las reguladas en este apartado 9 por defecto material.
§ 10 derechos de propiedad industrial y derechos de autor;
Defectos en el título
(1) A menos que se acuerde lo contrario, REO está obligado a realizar la entrega libre de derechos de propiedad industrial y derechos de autor de terceros (en adelante: derechos de propiedad) únicamente en el país del lugar de entrega. Si un tercero presenta reclamaciones justificadas contra el cliente debido a la infracción de los derechos de propiedad a través de entregas realizadas por REO y utilizadas de conformidad con el contrato, REO es responsable ante el cliente dentro del plazo especificado en § 9 No. 2 de la siguiente manera:
a) REO, a su elección y por su cuenta, obtendrá un derecho de uso de las entregas en cuestión, las cambiará para que no se viole el derecho de propiedad o las intercambiará. Si REO no puede hacer esto en condiciones razonables, el cliente tiene derecho a los derechos legales de desistimiento o reducción del precio.
b) La obligación de REO de pagar daños y perjuicios se basa en el § 13.
c) Las obligaciones antes mencionadas de REO solo existen si el cliente notifica inmediatamente a REO por escrito de los reclamos presentados por terceros, no reconoce una violación y REO se reserva el derecho de tomar todas las medidas de defensa y negociaciones de conciliación. Si el cliente deja de utilizar la entrega para reducir daños o por otras razones importantes, está obligado a señalar al tercero que el cese de uso no constituye un reconocimiento de una infracción de los derechos de propiedad.
(2) Quedan excluidas las reclamaciones del cliente si es responsable de la infracción de los derechos de propiedad.
(3) Las reclamaciones del comprador también están excluidas si la infracción de los derechos de propiedad es causada por especificaciones especiales del comprador, por una aplicación no prevista por REO o por el hecho de que el comprador cambia la entrega o se utiliza junto con productos no suministrados por REO.
(4) En caso de infracción de los derechos de propiedad, las disposiciones del § 9 No. 4, 5 y 9 se aplican en consecuencia a las reclamaciones del cliente reguladas en el No. 1a).
(5) Si hay otros defectos legales, las disposiciones de la Sección 9 se aplican en consecuencia.
(6) Quedan excluidas otras reclamaciones o reclamaciones distintas de las reguladas en este § 10 por parte del cliente contra REO y sus representantes debido a un defecto legal.
§ 11 Reserva de Cumplimiento
(1) El cumplimiento del contrato está sujeto a la condición de que no haya obstáculos debido a las normas alemanas, estadounidenses u otras nacionales, de la UE o internacionales aplicables de derecho de comercio exterior, así como embargos u otras sanciones.
(2) El cliente está obligado a proporcionar toda la información y los documentos necesarios para la exportación, el envío o la importación.
§ 12 imposibilidad; Ajuste de contrato
(1) Si la entrega es imposible, el cliente tiene derecho a reclamar daños y perjuicios, a menos que REO no sea responsable de la imposibilidad. Sin embargo, la reclamación del comprador por daños y perjuicios se limita al 10% del valor de la parte de la entrega que no pueda ser utilizada adecuadamente debido a la imposibilidad. Esta limitación no se aplica si existe responsabilidad en casos de dolo, negligencia grave o por lesiones a la vida, la integridad física o la salud; No está asociado a esto un cambio en la carga de la prueba en perjuicio del cliente. El derecho del cliente a rescindir el contrato no se verá afectado.
(2) Si los eventos en el sentido de la Sección 5 No. 2a) – c) cambian significativamente la importancia económica o el contenido de la entrega o tienen un efecto significativo en la operación de REO, el contrato se adaptará adecuadamente de buena fe. Si esto no es económicamente justificable, REO tiene derecho a rescindir el contrato. Lo mismo se aplica si los permisos de exportación requeridos no se emiten o no se pueden utilizar. Si REO desea hacer uso de este derecho de desistimiento, REO debe notificar al cliente inmediatamente después de reconocer las consecuencias del evento, incluso si inicialmente se acordó con el cliente una extensión del plazo de entrega.
§ 13 Otras reclamaciones por daños y perjuicios
(1) A menos que se establezca lo contrario en estos Términos y Condiciones Generales de Venta y Entrega, quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios por parte del cliente, independientemente de la razón legal, en particular debido al incumplimiento de las obligaciones derivadas de la relación contractual y de responsabilidad extracontractual.
(2) Esto no se aplica si la responsabilidad es la siguiente:
a) de acuerdo con la ley de responsabilidad del producto
b) intención
c) en caso de negligencia grave por parte de los propietarios, representantes legales o empleados ejecutivos
d) en caso de malicia
e) en caso de incumplimiento de una garantía asumida
f) por daño culpable a la vida, al cuerpo o a la salud o
g) por la violación culpable de obligaciones contractuales esenciales
(3) La reclamación de daños y perjuicios por el incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales se limita al daño previsible típico del contrato, a menos que concurra otro de los casos antes mencionados.
(4) Un cambio en la carga de la prueba en perjuicio del cliente no está asociado con las normas anteriores.
§ 14 Lugar de Jurisdicción y Ley Aplicable
(1) El lugar de jurisdicción mutua para el lugar de pago y cumplimiento es el lugar de facturación de REO. Otras condiciones, en particular las condiciones de compra preimpresas, solo se aplican con un acuerdo expreso por escrito. Si por razones internas el cliente desea cumplir con sus condiciones, esto afectará los precios dados de acuerdo a los costos adicionales a incurrir. Con la aparición de las presentes condiciones generales de venta y entrega, todas las anteriores pierden su vigencia.
(2) Estas condiciones, incluida su interpretación, están sujetas a la legislación alemana con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
§ 15 Naturaleza vinculante del contrato
El contrato sigue siendo vinculante en sus partes restantes incluso si las disposiciones individuales son legalmente ineficaces. Esto no se aplica si la adhesión al contrato representara una dificultad irrazonable para una de las partes.